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Jueza Absuelve a «El Mochaorejas» por Falta de Pruebas en Caso de Secuestro: ¿Saldrá Libre?

Daniel Arizmendi López, conocido como «El Mochaorejas», recibió una resolución favorable en uno de los múltiples procesos penales que enfrenta.

Raquel Ivette Duarte Cedillo, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, determinó absolver al sentenciado del delito de secuestro luego de considerar que las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la República resultaron insuficientes para acreditar su responsabilidad en este caso específico.

La resolución judicial también abordó el delito de delincuencia organizada. La jueza estableció que existieron elementos para acreditar la conformación de una agrupación delictiva integrada por más de tres personas con el objetivo de cometer secuestros. Por este delito, impuso una pena de ocho años de prisión.

Sin embargo, al momento de la sentencia, Arizmendi López llevaba 25 años privado de la libertad, por lo que la juzgadora declaró la pena como compurgada, es decir, ya cumplida.

Pese a esta resolución favorable en un proceso específico, Daniel Arizmendi no obtendrá su libertad. El sentenciado permanece interno en el penal federal de Durango, donde enfrenta otras condenas que en conjunto suman 250 años de prisión por diversos delitos.

La Fiscalía General de la República conserva la facultad de impugnar la resolución emitida por la jueza federal, lo que podría modificar el estatus legal de esta absolución particular.

Como parte de la sentencia, la autoridad judicial impuso una multa de 13 mil 225 pesos a Arizmendi López. En caso de no cubrir el monto económico, el sentenciado podrá cumplir 500 jornadas de trabajo comunitario no remunerado en instituciones públicas o de asistencia social.

Daniel Arizmendi fue señalado como uno de los secuestradores más violentos del país. Su método operativo incluía la mutilación de sus víctimas como mecanismo de presión para exigir elevadas sumas de dinero a los familiares.

Esto dice la sentencia en el caso del «Mochaorejas»
La sentencia emitida el 4 de noviembre de 2025 corresponde a la causa penal 2/2024, anteriormente identificada como 17/1999, proceso que ha tenido múltiples reposiciones desde su inicio hace más de dos décadas.

El expediente judicial revela que durante el proceso se ordenó la exclusión de diversas pruebas al haberse determinado que fueron obtenidas mediante tortura. Se aplicó el Protocolo de Estambul para documentar las afectaciones físicas y psicológicas sufridas por varios de los procesados durante su detención

La absolución por el delito de secuestro se fundamentó en la insuficiencia probatoria, tras excluirse declaraciones ministeriales que carecían de valor legal al haberse recabado sin las garantías procesales correspondientes o mediante coacción.

Arizmendi López permaneció detenido desde el 7 de enero de 1998, cuando fue puesto a disposición del Ministerio Público Federal. A la fecha de emisión de la sentencia, el acusado ha permanecido más de 25 años privado de su libertad.

La resolución establece que si bien se ordena su inmediata libertad por lo que respecta a esta causa penal específica, ello no implica su excarcelación, ya que permanece recluido a disposición de otras autoridades judiciales por procesos penales diversos.

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