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El cobro de comisión a los usuarios de tarjetas de créditop o débito que realizan algún tipo de compra no está permitido de acuerdo a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), sin embargo, algunos establecimientos sí lo aplican.

Derivado de ello, los usuarios de las tarjetas tienen una mala percepción sobre que el pago con los plásticos resulta ser más caro que si se realizan en efectivo.

Los establecimientos que realizan este tipo de cobros, que van del 3% al 5% sobre el valor total de la compra o servicio, generalmente lo hacen para saldar gastos de comisión por el uso de una terminal bancaria y así pagar los costos con el cobro de tarjetas.

Sin embargo, en los contratos se especifica que el cargo extra debe ser pagado por el negocio y no por el cliente.

Y aunque no se puede denunciar legalmente a los comercios, sí se puede presentar una queja directamente a la institución bancaria que otorgó la Terminal de Punto de Venta (TPV) y ésta decidirá si cancela el contrato por el uso de sus servicios.

Al levantar la queja se debe indicar los datos del establecimiento donde se le quiso aplicar el «recargo» o «comisión» extra, para que las Instituciones puedan tomar las medidas necesarias, como podría ser el retiro de las terminales punto de venta, ya que están violando las condiciones de contratación.

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