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La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) canceló el registro de Santiago Nieto Castillo, ex- titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), como candidato de Morena al Senado de la República por no acreditar su residencia en Querétaro, estado que busca representar en la Cámara Alta.
Luego de conocer la resolución, Santiago Nieto comunicó en su cuenta de X que impugnará la cancelación de su candidatura ante la Sala Superior del TEPJF.
“Queretano soy señores y vengo de San Juan del Río. Soy un hombre de leyes. Respeto la sentencia de la Sala Regional Toluca pero no la comparto.
Mi reconocimiento al Magistrado Alejandro Avante.
Voy a recurrir ante la Sala Superior. 19 años después, vivimos el #DesafueroQueretano. No lo permitiré”, escribió el morenista.
Que el Partido Acción Nacional (PAN) el que impugnó la candidatura de Nieto Castillo por no cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución y los magistrados Marcela Fernández Domínguez y Fabián Trinidad Jiménez les dieron la razón; el magistrado Alejandro Avante Juárez, presidente de la Sala Regional Toluca, fue el único que votó en contra de cancelar el registro.
Marcela Fernández Domínguez explicó que Santiago Nieto ocupó diversos cargos en la administración pública fuera de Querétaro, el último de ellos como encargado de despacho de la Fiscalía General del Estado Hidalgo, cargo al que renunció el 8 de enero de 2024. Para acreditar que comenzó a residir en Querétaro al menos seis meses antes de la elección, como obliga la ley, la magistrada indicó que Nieto Castillo debió renunciar al cargo y permanecer en Querétaro mínimo desde el 23 de noviembre de 2023.
“Por lo menos desde el 23 de noviembre de 2023 debió permanecer de manera habitual y permanente en el estado de Querétaro para configurar la residencia efectiva. La información derivada de estos documentos públicos hace prueba plena de que el candidato se encontraba residiendo de manera habitual fuera del territorio de Querétaro por lo menos desde 2015 Por lo que incumple los requisitos de elegibilidad, de ahí que sea procedente la revocación de registro de su candidatura”, explicó la magistrada.
El magistrado Avante Juárez indicó que el Consejo General del INE determinó que la credencial de elector de Santiago Nieto con domicilio en San Juan del Río, emitida el 2021, es suficiente para acreditar su residencia efectiva en la entidad y por ello le otorgó el registro.
Agregó que la Ley Orgánica Municipal de Querétaro establece que no se perderá la residencia si la persona se trasladara a residir en otro lugar, a efecto de desempeñar una comisión de carácter oficial de trabajo, lo que dijo aplica en el caso de Santiago Nieto.
“Que más falta de intención de radicar en el lugar que se desepeñen (los cargos públicos) que la credencial para votar se haya mantenido en el estado de Querétaro, eso refleja, desde mi muy particular punto de vista, una clara intención de que no tenía la intención de quedarse ni en la Ciudad de México, ni en el estado Hidalgo ni en ningún otro en lugar en el que estuvo, tan es así que mantuvo si credencial para votar en el estado de Querétaro”, indicó.
La Sala Superior del TEPJF tendrá la última palabra, una vez que conozca la impugnación que presente Nieto Castillo.
Esperemos que la ley orgánica del Estado sea clara y si lo es Santiago Nieto no debería de ser impugnado según especialistas en la materia.
Cuando se habla de la residencia por supuesto y los especialistas argumentan lo siguiente:
«cuando una persona se traslada a residir a otro lugar, a efecto de desempeñar una comisión de carácter oficial (trabajo), no tiene problema en su residencia, claramente es una comisión de trabajo».

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