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Juan Rodolfo Sánchez Gómez, quien en unas cuantas horas dejará de ser presidente municipal de Toluca, podría alcanzar una pena de dos a 14 años de prisión, únicamente por el uso indebido de recursos públicos, situación fácil de comprobar si se toma en cuenta que no aparece por ningún lado el dinero que su propio Cabildo aprobó y “etiquetó” para el Capítulo 1000 del Presupuesto de Egresos del Año 2021, que debió haberse destinado para el pago de servicios personales del Ayuntamiento de Toluca; es decir, salarios y prestaciones laborales incluidas en el contrato colectivo de trabajo para este año, principalmente aguinaldos, primas vacacionales (junio y diciembre), así como pago retroactivo al incremento salarial.

Martha Elena Cuellar Mejía, abogada penalista que ha participado anteriormente en procesos penales judicializados por el Poder Legislativo del Estado de México ante el Ministerio Público estatal en contra de ex presidentes municipales de esta entidad, como Leonardo Bravo, ex alcalde de Zinacantepec, opinó que “hay una larga cadena de irregularidades en la administración pública municipal de Toluca que pueden configurarse como delitos y sancionar la actuación irregular de Juan Rodolfo Sánchez Gómez”.

Explicó que Sánchez Gómez, al suspender el pago de los salarios de los trabajadores, en algunos casos desde hace más de 3 meses, pisoteó la Ley Federal del Trabajo, pero, además, al no hacer uso correcto de lo presupuestado en el Capítulo 1000 del presupuesto municipal incurrió en una flagrante violación a lo establecido en el Artículo 223 del Libro Segundo, Título Décimo (Delitos por Hechos de Corrupción), Capítulo XII (Peculado) del Código Penal vigente en el país.

Textualmente, el Código Penal indica que incurre en Peculado el “servidor público que para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito, en posesión o por otra causa”, como es el cargo de los recursos presupuestados y etiquetados para el pago de salarios y prestaciones laborales de los empleados municipales de Toluca.

En el mismo artículo del Código Penal se indica que la sanción para tal conducta de los servidores públicos, como el caso de Juan Rodolfo Sánchez Gómez, será: “Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa”.

Otra agravante que podría enfrentar Juan Rodolfo Sánchez Gómez, sobre todo si el próximo presidente municipal de Toluca, Raymundo Martínez Carbajal, comprueba los presuntos desvíos de recursos públicos que debieron destinarse a la compra de patrullas, equipamiento y adquisición de combustibles para la operación del parque vehicular, se explica en el último párrafo de la fracción cuarta del mismo Artículo 223 del Código Penal.

En ese, se indica que: “Cuando los recursos materia del peculado sean aportaciones federales para los fines de seguridad pública se aplicará hasta un tercio más de las penas señaladas en los párrafos anteriores”.

Tal es el caso de Juan Rodolfo Sánchez Gómez quien empleó recursos de programas federales relacionados con la seguridad pública para ejecutar un muy cuestionado contrato con una empresa a la que rentó, en lugar de comprar, al menos mil vehículos para utilizarlos como patrullas, mismos que nunca se utilizaron plenamente para los fines que fueron contratados y muchos de ellos se echaron a perder “guardados” en diversos predios de Toluca.

La abogada penalista advirtió que como los anteriores, existe una lista de más de 15 delitos que bien pudieran comprobarse en la actuación negligente de Juan Rodolfo Sánchez Gómez, al menos con lo que públicamente se conoce, como casos de desacato a sentencias del fuero federal en materia laboral, por laudos interpuestos en su contra por ex empleados que fueron ilegalmente despedidos, el no pago de rentas a particulares, así como más de mil millones de deudas con empresas y particulares que fungieron como proveedores de bienes y servicios durante su gestión (2019-2021), y en algunos casos algunas de esas facturas que se registraron como ya pagadas y los reclamantes aseguran que nunca recibieron sus pagos.

Con información de José Contreras Contreras de: Diario Puntual.

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